viernes, 9 de diciembre de 2011

Myriam Chavez Casanova

Lo que el director debe saber:

GESTION DE RECURSOS MATERIALES
Myriam   Chávez C. (UCV)

La gestión de los recursos materiales  resultan fundamentales para el éxito o fracaso de una gestión administrativa, lo básico en su administración es lograr el equilibrio en su utilización. Tan negativo es para la institución, empresa,  en su escasez como su abundancia. Cualquiera de las dos situaciones resulta antieconómica; de ahí que la administración de recursos materiales haya cobrado tanta importancia actualmente. La administración de recursos materiales consiste en: Obtener oportunamente, en el lugar preciso, en las mejores condiciones de costo, y en la cantidad y calidad requerida, los bienes y servicios para cada unidad orgánica de la empresa de que se trate, con el propósito de que se ejecuten las tareas y de elevar la eficiencia en las operaciones. Recursos materiales:
•Edificio
•Espacios de trabajo
Hardware y software
 •Mobiliario, etc.
La administración financiera consiste en: Obtener oportunamente y en las mejores condiciones de costo, recursos financieros para cada unidad orgánica dela empresa que se trate, con el propósito de que se ejecuten las tareas, se eleve la eficiencia en las operaciones y se satisfagan los intereses de quienes reciben los bienes o servicios.

Funciones:
1. Proponer la política y lineamientos para la Administración de recursos materiales y cumplir con las Normas establecidas por la Alta Dirección del Ministerio de Educación y a lo dispuesto por la Oficina de Administración.
2. Desarrollar las actividades y los procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento.
3. Elaborar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones dela Unidad Ejecutora a cargo de la Unidad de Administración.
4. Realizar los inventarios físicos de los activos y bienes de almacén por lo menos una vez al año.
5. Efectuar depreciaciones y reevaluaciones de los activos del Ministerio de Educación.
6. Efectuar un eficiente y oportuno servicio de transporte, servicios auxiliares, mantenimiento de las instalaciones y equipos.
7. Proporcionar los servicios de impresión, publicación y distribución de documentos técnico pedagógico y administrativo que sean requeridos y debidamente justificados por las dependencias del Ministerio de Educación y demás entidades del Sector Educación.

Principios que rigen a las contrataciones y adquisiciones 
- Los procesos de adquisición y contratación regulados por esta Ley y su Reglamento se rigen por los principios de:
 <moralidad,
< libre competencia,
<imparcialidad,
<eficiencia, transparencia,
<economía,
 <vigencia tecnológica y
< trato justo e igualitario; teniendo como finalidad garantizar que las Entidades obtengan <bienes, servicios y obra de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos <adecuados.

EL FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA
El financiamiento de la educación comprende los recursos financieros destinados a obtener y contar con los recursos humanos, materiales, tecnológicos y servicios necesarios para satisfacer las necesidades educativas de la población, haciendo cada vez más eficiente y equitativa su distribución y utilización.
Anualmente, el Estado destina no menos del 6% del Producto Bruto Interno a la educación estatal. La inversión por alumno se incremente a precios constantes.
- Fuentes de financiamiento
Las fuentes de financiamiento de la educación estatal son: el Tesoro Público, los recursos directamente recaudados, las donaciones, los excedentes por actividades productivas desarrolladas por las instituciones educativas y el endeudamiento interno y externo.
Este financiamiento puede ser incrementado con recursos provenientes de fuentes complementarias, lo que implica promover y ejercitar la participación de la comunidad, la empresa y la sociedad en su conjunto.
- La asignación de recursos financieros
La asignación de recursos financieros para la educación por la fuente Tesoro Público se determina a partir de los objetivos y metas establecidos en los planes y proyectos estratégicos institucionales y en los planes anuales de desarrollo, que incluyen estudios de costos por alumno y por sección en cada nivel y modalidad educativa.
- Ingresos propios de las instituciones educativas
Los ingresos propios que generan las instituciones educativas estatales se destinan, preferentemente, a financiar proyectos de inversión específicos o a actividades de desarrollo educativo consideradas en el respectivo Proyecto Educativo Institucional. Estos recursos son independientes del monto presupuestal que se les asigne por la fuente Tesoro Público para gastos corrientes y se informará regularmente sobre su ejecución, según la reglamentación
correspondiente.
Requisitos del Proceso 
- Antes de convocar a procesos de selección, la Entidad deberá contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva, el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento. El Reglamento precisará los requisitos necesarios para los procesos previstos en el Artículo 17° de la presente Ley.
Pueden efectuarse adquisiciones o contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por más de un ejercicio presupuestario, en cuyo caso deberán adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones. 
Características de los bienes y servicios a adquirir o contratar

- La dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones de la Entidad, deberá definir con precisión la cantidad y las características de los bienes, servicios y obras que se van a adquirir o contratar, los cuales deberán cumplir obligatoriamente con las normas técnicas, meteorológicas y/o sanitarias nacionales si las hubiere.
Para tal efecto, antes de iniciar los procesos de adquisición o contratación coordinará con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuará estudios de las posibilidades que ofrece el mercado, de modo que se cuente con la información para la descripción y especificaciones de los bienes, servicios u obras así como para definir los valores referenciales de adquisición o contratación, la disponibilidad de los recursos, y el proceso de selección mediante el cual se realizará.
En el caso de las obras, además, se debe contar con la información técnica aprobada y la disponibilidad del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.
En los Procesos de Selección según Relación Ítems, se podrá convocar en un solo proceso la adquisición y/o contratación de bienes, servicios y/o obras, estableciéndose un valor referencial para cada ítem. El Reglamento establecerá los procedimientos adicionales a seguir en los procesos bajo esta modalidad. 
Requisitos de la Convocatoria A LICITACIÓN PÚBLICA O CONCURSO PÚBLICO para adquisiciones del estado . 
- En toda Licitación Pública o Concurso Público se deberá observar obligatoriamente lo siguiente:
I.                                 Realizar la convocatoria a través de la publicación de la misma por lo menos en el Diario Oficial "El Peruano", en uno de circulación nacional y en otro de circulación en la localidad en que se realiza la Licitación Pública o Concurso Público. El aviso deberá contener por lo menos: la identificación de la Entidad que convoca; el proceso de selección; la descripción básica de los bienes, servicios u obras a ejecutarse; las oficinas donde pueden recabarse las bases y su costo; la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas y para el acto de otorgamiento de la Buena Pro; y, el valor referencial, salvo en los casos a que se refiere el último párrafo del artículo 26o.
II.                               La existencia de un plazo razonable entre la convocatoria y la presentación de ofertas. El plazo será establecido por la Entidad atendiendo a las características propias de cada proceso. En ningún caso el plazo entre la convocatoria y la presentación de propuestas será menor a veinte días hábiles. 
III.      La existencia de Bases aprobadas de acuerdo al artículo 25o de la presente Ley. En el caso de obras, adicionalmente, se requerirá de la existencia del expediente técnico. 
IV.    La celebración de acto público para la presentación de propuestas y para el otorgamiento de la Buena Pro.
Procesos de Selección 
- Los procesos de selección son: licitación pública, concurso público, adjudicación directa y de menor cuantía. El Reglamento determinará las características, requisitos, procedimientos, sistemas y modalidades aplicables a cada proceso de selección.
                                                                                                          Servido .

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